viernes, 27 de noviembre de 2015

AL CÉSAR LO QUE ES DEL CÉSAR

Ronald Dworkin propone una concepción de la religión como algo más profundo que Dios, es algo no restringido al teísmo, toda religión incluye un mínimo de dos valores relacionados con las dos dimensiones de la vida humana: biológica y biográfica, es decir, sobre el significado intrínseco de la vida y la belleza intrínseca de la naturaleza. La justificación de tales valores los teístas la encuentran en Dios, pero los ateos la encuentran en la racionalización de tales valores; por tanto, según el autor, una actitud religiosa es abrazar nuestros valores como una cuestión de fe –es decir, de la manera en que los teístas lo hacen- misma que implica compromisos emocionales.
El Estado debe optar por reconocer una libertad religiosa concibiendo a la religión como independencia ética, no así como un derecho especial. La sociedad tiene un derecho de ejercer libremente sus convicciones profundas sobre la vida y las responsabilidades sin importar si derivan de una creencia en Dios o no; por su parte, el Estado debe mantenerse neutral frente a tales convicciones. Concebir la libertad religiosa como un derecho especial de libertad implica una paradoja entre el reconocimiento del derecho y la actuación neutral del Estado, porque entra a regular los casos de “emergencia” en que debe limitar el ejercicio religioso, en cambio, concebida la religión como independencia ética obliga al estado no a limitar sino a exponer la razones de una restricción.
Es importante ubicar el contexto en que el autor desarrolla sus ideas, pues al ser Norteamericano su derecho de libertad religiosa no es como lo concebimos en México, puesto que en aquel país del norte no existe una separación tajante entre Dios y el Estado. 

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